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Apuntes sobre la transmisión de los Grados Capitulares del Rito Francés del Gran Oriente de Francia

por Roger Dachez

El fin de este apunte, a priori redactado sin propósito dogmático alguno, sin ninguna idea preconcebida y, como no puede ser de otro modo, sin inclinaciones partidistas de ningún tipo, no es el de sentar cátedra, pues un historiador no es un juez. El objetivo es arrojar luz respecto a algún acto llevado a cabo por las estructuras de gestión de la masonería en sus diferentes ámbitos –“obedencial” y “jurisdiccional”-, así como proporcionar algunas referencias históricas que en sí mismas no son sino elementos fácticos, y como tales, desprovistos de todo carácter normativo; y todo ello para apoyar o documentar con la mayor solvencia posible decisiones que, en última instancia, tienen una naturaleza esencialmente política y administrativa.

Roger DachezNo se trata aquí de exponer de manera exhaustiva los orígenes y evolución organizativa de los Capítulos Franceses, a partir de la constitución un poco antes de la Revolución, en el seno del Gran Oriente de Francia (GODF), del Gran Capítulo General de Francia del que derivan en definitiva, y en consecuencia ab origine, todas las “patentes” o documentos considerados como portadores de una determinada autoridad suficiente para transmitir o conferir los grados capitulares de este Rito –recientemente denominados “grados u Órdenes de sabiduría”-, establecidos como tales en 1786, con su nomenclatura característica, su propia secuencia y contenido específico, por el Gran Capítulo General de Francia, siendo en buena lógica reconocidos y sancionados por el Gran Oriente de Francia. Esta materia, de una amplitud considerable, ha sido ya abordada por reputados autores que han realizado un trabajo excelente, remitiéndose en buena lógica estas notas a las mejores fuentes de una literatura historiográfica conocida y admitida, impresa o disponible en la red, así como a comunicaciones personales de cuyas referencias se hace expresa cita. Todo ello integra el conjunto de informaciones indispensables para poder responder a los interrogantes planteados.

La Gran Logia Femenina de Francia (GLFF) plantea uno de estos interrogantes que podríamos formular como sigue: “Una jurisdicción constituida recientemente bajo el nombre de “Sublime Consejo Femenino del Rito Moderno para Francia”, invocando una patente recibida de una jurisdicción que a su vez pretende hacer valer su potestad al manifestar que la misma que proviene de una fuente brasileña, reclama tener autoridad sobre los grados de sabiduría del Rito Francés respecto a las Hermanas adscritas a la GLFF. ¿Qué valor tiene la autoridad de esta jurisdicción conforme a tal patente?¿Podemos consecuentemente tomarla en consideración?

Para tratar de responder, hemos de abordar sucesivamente diversos aspectos:

  1. ¿De qué estructura original proviene toda autoridad relativa a la transmisión de los grados de sabiduría del Rito Francés?
  2. En relación con esta estructura, cualquiera que sea, ¿ha tenido continuidad hasta nuestros días y puede seguir ejerciendo su autoridad sobre cuanto ha emanado de ella desde el origen del Rito?
  3. ¿Cuál es la fuente de la que proviene la patente presentada por el “Sublime”.
  4. ¿Está tal fuente ligada de manera indiscutible a la estructura original a la que hacemos referencia más arriba y, por otro lado, puede ser considerada como totalmente independiente en lo que se refiere a la transmisión de los grados de sabiduría tal y como ella misma sostiene?

Desde luego corresponderá únicamente a la GLFF, a partir de las respuestas documentadas dadas a estas preguntas, tomar la decisión que proceda actuando en pleno ejercicio de su independencia y soberanía.

I.- ¿QUIÉN ESTABLECIÓ LOS ORDENES CAPITULARES DEL RITO FRANCÉS?

logo rito francésEs muy fácil responder a esta simple cuestión que resulta capital en el debate.

Tras haber conocido durante una buena parte del siglo XVIII una gran libertad –y en consecuencia también un enorme desorden- en la práctica de los altos grados, o de los “grados escoceses” (lo que significaba lo mismo en la época), la masonería francesa puso en marcha un proceso de reordenación general a la muerte del Conde de Clermont, en 1771, lo que llevó, en 1773, a la creación del GODF.

El trabajo de síntesis que debía abocar al establecimiento de un “nuevo Rito” se llevará a cabo también pocos años después. El GODF se preocupó de la cuestión muy pronto, pero nueve años después de su creación, no obstante contar en su seno con una Cámara de Grados, no llegó a nada concreto. La parte esencial de la tarea se realizará finalmente a través de un organismo independiente, el Gran Capítulo General de Francia, que no obstante agrupaba a Hermanos muy activos del Gran Oriente. Una vez fijados los grados azules, el Gran Capítulo General finalizó los rituales de los otros Órdenes en 1786. 1

Amén de la redacción de los textos de los rituales, conviene resaltar que a la finalización de este trabajo, el Gran Capítulo General fue agregado al GODF. En su asamblea nº 53, en febrero de 1788, el Gran Capítulo General anuncia:

“…llega el momento en el que el Gran Capítulo General de Francia ha de consumar enteramente con su propia existencia el homenaje que le hace al G.O., sacrificio que le cuesta bien poco habida cuenta de que fue siempre el primero de sus deseos desde el mismo instante de su formación (…)” 2

Las consecuencias prácticas quedan expuestas el 15 de abril de 1788 en una comunicación dirigida por el Soberano Capítulo Metropolitano (nueva denominación del Gran Capítulo General en el seno del GODF) aun Capítulo de provincias:

Una vez que la agregación del Gran Capítulo General de Francia al G.O. se ha consumado, le hemos remitido a este último todos los documentos de nuestra correspondencia con los capítulos que habían obtenido de nosotros sus cartas de afiliación o de Constitución; así las cosas, cuanto interesa a vuestro Soberano Capítulo ha sido reenviado por nuestra parte a la Cámara de Grados del G.O., que es la única que puede ocuparse y tomar decisiones en lo que concierne a vuestra petición.” 3

Resulta en consecuencia de estas deliberaciones y documentos que a partir de este momento, el Rito Francés –o lo que unos años más tarde va a tomar este nombre- dependía en todos sus grados de la única autoridad del GODF en tanto que entidad, algo que éste anunciará a las logias “con las que mantiene correspondencia” el 19 de febrero de 1789, haciendo del sistema establecido por el Gran Capítulo General, el Rito oficial del GODF.

La organización del GODF a partir de esta época va a sufrir diversas reformas que en ningún caso llegarán a modificar esta realidad fundamental. Un Gran Directorio de Ritos, y más tarde un Gran Colegio de Ritos, serán los encargados a lo largo del siglo XIX y en su seno de gestionar la totalidad de talleres superiores. En los Acuerdos suscritos en 1946 con el Gran Colegio de Ritos, el Gran Oriente no dejó de recordar que no había hecho sino “delegar” en este último la gestión de grados que sucedían al tercero. El GODF, actuando dentro de la pura lógica del siglo XVIII, dejaba bien claro que seguía siendo el titular de tales grados. Las diversas estructuras que sucederán luego al Gran Colegio de Ritos, y en especial el Gran Capítulo General del Gran Oriente de Francia-Rito Francés, van a encontrarse en todo momento en la misma situación : serán en lo que respecta a los grados superiores, delegatarios del Gran Oriente de Francia.

En consecuencia dos hechos resultan ciertos:

  1. En primer lugar, el Rito Francés deriva exclusivamente de los trabajos llevados a cabo por el Gran Capítulo General de Francia, el cual fija los grados y acaba desapareciendo en tanto que organismo autónomo al quedar agregado al GODF en 1786.
  2. En segundo lugar, que este último, cuya existencia ha sido ininterrumpida hasta la fecha, conserva la “propiedad moral” de los ya citados grados, comprendidos tanto los simbólicos como los superiores.

 

 II.- HABIDA CUENTA DE QUE LA PRÁCTICA EFECTIVA DE LOS GRADOS CAPITULARES DEL RITO FRANCÉS SE VIO INTERRUMPIDA A MEDIADOS DEL SIGLO XIX ¿PUEDE ENTENDERSE QUE, DE FACTO, EL GODF “LOS PERDIÓ” EN BENEFICIO DEL REAA, QUE SE CONVIRTIÓ EN LA PRÁCTICA EN EL RITO DE LOS ALTOS GRADOS DEL GODF HASTA LA MITAD DE LOS AÑOS 90?

 Es este un extremo importante, pues es uno de los argumentos esgrimidos para sostener la validez de patentes que conciernen a los grados de sabiduría, y proviene de organismos que habrían practicado tales grados hasta nuestros días –cosa que está por ver-, en tanto que el GODF los habría abandonado hasta mediada la década de los noventa –algo que hay que verificar-.

¿Realmente puede decirse que los Órdenes capitulares del Rito Francés desaparecieron? Los tres primeros sin duda, al igual que sucedió con numerosos grados del REAA –y con una buena cantidad de otros pertenecientes a otros sistemas- que no eran dados sino por comunicación en el mejor de los casos o, simplemente, se “suponía” habían sido recibidos cuando se otorgaba un grado superior. Pero por contra hay que resaltar que en el siglo XIX no existía ninguna diferencia filosófica entre el Soberano Príncipe Rosa-Cruz del Rito Francés y el Caballero Rosa-Cruz del REAA: Tanto es así que, igual en el Gran Oriente que en la conocida a partir de 1822 como Gran Logia Central del Supremo Consejo de Francia –más tarde Gran Logia de Francia, que la sucederá en 1894- se pasaba del grado de Maestro al de Rosa-Cruz prácticamente con el mismo ritual.

Nunca se tomó en el seno del GODF a lo largo del siglo XIX, la menor medida de carácter positivo en pro de la abolición del Rito Francés más allá del Grado de Maestro. Este Rito conllevaba cuatro Órdenes llamados “de Rosa-Cruz”, recibiendo el último de ellos el nombre de…¡Rosa-Cruz! A partir de la década inaugurada en 1760, este grado fue ostentado por gran número de masones franceses y tenido como el nec plus ultra de la masonería. Y así seguirá sucediendo dentro de unos Capítulos que han pasado a ser oficialmente “escoceses”. Para llegar “más alto”, había que pasar por un Consejo Filosófico, un Areópago, un Consistorio, etc. El Capítulo, ya fuera francés o escocés –tal cosa no implicaba en la práctica diferencia alguna- culminaba siempre con el Rosa-Cruz: esto explica el porqué de una transición que fue muy fácil y que se reveló como algo completamente natural.

Pero vamos a dejarle en este punto la palabra a Pierre Mollier, el mejor especialista reconocido unánimemente sobre las instituciones y rituales del Rito Francés desde sus orígenes:

“Dentro de los capítulos el menor interés por los altos grados que caracteriza el siglo XIX se traduce en la progresiva desaparición de la práctica de los tres primeros órdenes. A partir de 1840 la mayor parte de los capítulos no practican más que el grado Rosa-Cruz. El Gran Oriente integra entonces Capítulos constituidos en el ámbito del Rito Francés y –sobre todo a partir de 1825- Capítulos formados en el Rito Escocés Antiguo y Aceptado. Al igual que sucede con algunas logias simbólicas, hay capítulos que acumulan  los dos Ritos presentándose al tiempo como “Francés y Escocés”: Una doble lealtad que se mantiene con facilidad si se tiene en cuenta que el grado Rosa-Cruz, el único practicado por los Capítulos, es el mismo en ambos ritos. Añadiremos además que el Cuarto Orden será durante mucho tiempo el “ritual de referencia” para los capítulos del Gran Oriente, incluido el escocés. Y así, cuando en el año 1848 se crea en París el Capítulo La Estrella Polar, un tercio de los fundadores firman con la “R+”, otro tercio lo hace como “IV O.”, y el tercio restante lo hace como “18”.

A finales del siglo XIX y en la primera parte del XX los Francmasones franceses se implicarán socialmente con la finalidad de promover los valores masónicos de Libertad, Igualdad y Fraternidad. Las cuestiones rituales pasan entonces a un segundo plano. No obstante todas las ediciones de los reglamentos del Gran Oriente, entre el año 1850 y poco después de la guerra de 1914, retoman el artículo de 1826: “El Gran Colegio de Ritos se divide en tantas secciones como Ritos existen reconocidos por el Gran Oriente de Francia”. La especificidad de una “vía francesa” para el Rosa-Cruz seguía presente en la memoria colectiva y, a título de ejemplo, hacia 1860 el Gran Colegio de Ritos mantiene una correspondencia con los Hermanos de Angers que quería constituir un capítulo específicamente “Francés”.

Entre 1920 y 1940, bajo el mandato del Gran Comendador Camille Savoire, las secciones conocen un repunte de su actividad. Es el caso de la sección del “Régimen Escocés Rectificado”, que vuelve a conferir grados del R.·.E.·.R.·. En lo referente al Rito Francés no puede hablarse sin embargo de una recuperación de la actividad, pues ni de hecho ni de derecho se ha operado modificación alguna. Los antiguos Capítulos Rosa-Cruz del Gran Colegio de Ritos –en particular los creados a finales del siglo XVIII y a principios del XIX y que continúan funcionando- no han cambiado sus usos. Como mucho se habían convertido hacia 1860 en capítulos de tipo “Francés y Escocés”. En el período de entreguerras los reglamentos precisan además:

“Art.5 – Los Talleres superiores del Gran Oriente de Francia pertenecen a los distintos Ritos que practica en virtud del concordato de 1804, o de los tratados celebrados anterior o posteriormente a este acto, en especial: El Rito Francés en siete grados, creado en 1786…” 4

Esporádicamente el Gran Colegio “regulariza” a Hermanos en el Cuarto Orden. Así, la Biblioteca conserva el diploma de Rosa-Cruz de Edmond Gloton en cuyo reverso puede leerse:

“Regularizado en el grado Rosa-Cruz del Rito Francés Moderno, grado supremo de este Rito, practicado por el Sob.·.Cap.·. Morinie, en Vallée de Touquet-Paris-Plage, que practica este Rito hasta su último grado y del que el Sob.·.Pr. R+ Caballero Gloton forma parte. El Muy Sabio René Wibaux +, miembro del Gran Colegio de Ritos del G.·.O.·.D.·.F.·., Le Touquet, 25 de octubre de 1933 E.V.” 5

El Boletín de los Talleres Superiores, presenta por su parte a los “Guardianes de los Ritos”, que en 1937 y para el Rito Francés son los Hermanos Pouriau, Groussier y Calmel 6.” 7

Consecuencia de lo anterior, podemos decir que durante toda esa época el GODF se hallaba en poder de la totalidad de los grados del Rito Francés de 1786, de los que no otorgaba más que el cuarto y último, el de Rosa-Cruz. Únicamente al propio GODF correspondía despertar los otros, siempre presentes en su seno, algo que finalmente hizo a mediados de la década de los noventa…

En buena lógica hemos de retener del análisis objetivo algunos hechos históricos:

  1. Que los grados capitulares del Rito Francés, tal y como quedaron definidos por el Regulador de los Caballeros Masones de 1801, siguiendo la recta línea perfilada en los rituales establecidos en 1786, fueron asimilados a sus estrictos equivalentes del REAA y que, tratándose del Rosa-Cruz, cuarto y último Orden del Capítulo –pero también último grado de un Capítulo escocés- continuó siendo el nec plus ultra de una estructura denominada “Capítulos”, y que no se vio nunca, en tal calidad y con semejante estatus, ni interrumpido en la práctica, ni abolido “en derecho”.
  2. Que los Hermanos que despertaron los Órdenes capitulares en el GODF hace ya veinte años, estaban en su derecho de poder considerar que todo “Rosa-Cruz” era virtualmente poseedor de los otros tres órdenes precedentes, algo que la tradición masónica de finales de los siglos XVIII y XIX habría admitido sin objeciones. La transmisión legítima de estos Órdenes dentro del GODF, que los ha visto nacer y que los ha “despertado” recientemente en lo que a los tres primeros se refiere, es en consecuencia difícilmente contestable.
  3. De manera accesoria otro tanto sucede con el V Orden, que desapareció muy pronto bajo el Primer Imperio, y que el Gran Capítulo General contemporáneo ha recuperado mediante un simple decreto (ya aparecía en 1784 en los reglamentos del Gran Capítulo agregado al GODF dos años más tarde).

Continuará con:

«III.- ¿DE DÓNDE PROVIENE LA “PATENTE BRASILEÑA” INVOCADA POR ALGUNOS ENTES, EN FRANCIA Y BÉLGICA, QUE ADMINISTRAN CAPÍTULOS DE RITO FRANCÉS –O “MODERNO”?

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